domingo, 28 de septiembre de 2014

Otros detalles del veredicto condenatorio por el homicidio de Emilio Blanco

Certezas del Presidente del Tribunal

Como hemos mencionado en las últimas ediciones, tras el veredicto del martes en el juicio seguido por el homicidio de Emilio Blanco, el diario compromiso de Dolores brindó un completo informe relacionado con el fallo judicial, que es contundente y demostrativo de las razones que llevaron a los jueces a tomar la decisión de disponer la reclusión perpetua para el imputado, Fermín  Basualdo,  como  coautor responsable de las torturas seguidas de muerte de Emilio.

A los detalles ya brindados en anteriores ediciones debemos consignar otros puntos de la fundamentación del Dr. Curi, Presidente del Tribunal, difundidos por Diario Compromiso, señalando que "La Defensa de Basualdo había sostenido la falta de validez del testimonio de Héctor Durán y la incorporación "oblicua" de su declaración en el proceso intentada por los acusadores, indicando el Juez al respecto, que era "válido el abordaje probatorio efectuado" por la acusación, entendiendo que la eventual supresión de ese testimonio en nada modificaría la convicción que tenía sobre la autoría penalmente responsable de Basualdo, analizando para sostener esa afirmación, varios testimonios de policías que habían prestado servicio la noche del hecho.
Y agregó más adelante, que podía "responderse con certeza que Fermín Basualdo interceptó a Emilio Blanco y lo trasladó a la dependencia policial", ya que distintos testimonios "lo ubicaban en la vía publica, más precisamente en el momento y en el lugar que la víctima se encontraba caminando, y posteriormente lo sitúan ya disponiendo del menor en la Comisaría de Chascomús".  

Certeza irrefutable del contacto entre Basualdo y Emilio en la Comisaría
Pero además y al referirse específicamente a la prueba que vinculaba al imputado con el hecho, el Magistrado efectuó una reseña, en la que destacó haberse acreditado, "que el imputado Basualdo el día del hecho sin perjuicio de haber solicitado una licencia se encontraba prestando funciones en la Comisaría de Chascomús". Que esa noche junto a otras personas "interceptó en la vía pública a Emilio Blanco... que con posterioridad a ello el imputado y la víctima estaban en la dependencia policial, espacio físico donde al menos se produjeron algunas de las lesiones que desencadenaron la muerte del menor". Que había "un elemento de cargo irrefutable que fue cotejado con el resto de la prueba y que aporta certeza sobre base científica, acerca del contacto entre el imputado y la víctima..., la compatibilidad hallada en el arma blanca secuestrada en el domicilio de Fermín Basualdo además de los diversos elementos también compatibles para provocar al menos algunas de las lesiones y la existencia de una fibra en ese objeto que también fue encontrada en la vestimenta de Emilio Blanco".

"Descalificable agresión corporal"
Agregó también, "la prueba también arroja convicción total sobre la causa de la muerte de Emilio Blanco, descartándose rotundamente el fallecimiento como consecuencia de un accidente ferroviario.
Por el contrario fue fuertemente golpeado, padeció diversas lesiones y fue ubicado en un lugar para recrear una escena distinta de aquella donde realmente soportó tal descalificable agresión corporal que le provocó la muerte".
Además sostuvo el Magistrado, que "el acusado Basualdo estaba en condiciones materiales de llevar a delante tal empresa criminal, ya que debido a su función policial más precisamente como Jefe del Servicio de calle, tenía conocimiento, experiencia y habilidad para interceptar, reducir y disponer de una persona que se encontraba caminando por la vía pública en horario nocturno".

Desorden en la Comisaría
Asimismo sostuvo, Basualdo "al momento de planificar la ejecución del hecho conocía acabadamente el marco de informalidad y desorden en que se desarrollaban las tareas cotidianas en la Comisaría de Chascomús, inmersa por completo en una desidia legal reflejada en la manera de asentar los movimientos internos de la citada dependencia..." en el Libro de Guardia.
Que a todo esto se sumaba el hecho de haberse localizado a la víctima en las vías del ferrocarril, lo que denotaba "en el sujeto activo el conocimiento del posible desvío de la hipótesis sobre la cual se desplegaría el desarrollo de la investigación".
Sobre la afirmación de la Defensa acerca de la inexistencia de prueba directa, según el Dr. Curi "no alcanza por si sola para desterrar la posibilidad de arribar a un veredicto condenatorio por medio del razonamiento precedentemente efectuado".
En orden a la hipótesis presentada por la Defensa en cuanto a un accidente ferroviario causante de la muerte de Emilio Blanco, para el Juez ello había quedado claramente desvirtuado en el juicio.
Al ingresar al análisis de la calificación del hecho, el Dr. Curi consideró que desde la interceptación del joven en la vía pública hasta su traslado final a las vías del ferrocarril, pasando por la dependencia policial inmersa en desorden administrativo, operativo y carente de contralor interno, le había hecho pensar "al imputado que obraría sin riesgo alguno".
Y que la alevosía que agrava el delito de homicidio, es la ausencia de riesgo para el autor, que hace creer al delincuente que tiene asegurada la ejecución de su acto sin riesgo personal procedente de la defensa que pudiere oponer la víctima o un tercero. 

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